|
|||||||
|
|||||||
|
|
|||||||
Áreas Marinas Protegidas |
|||||||
|
A pesar de las dificultades de investigar el medio ambiente marino, es cada vez más evidente que el impacto humano en los mares es considerable. Se requieren estrategias a largo plazo para la conservación de poblaciones y hábitats en respuesta a las actividades humanas que han causado, o pueden causar, un efecto negativo sobre su estado. Uno de los acercamientos más comunes a la conservación del medio ambiente marino es el establecimiento de las áreas marinas protegidas (AMPs). Aunque su eficacia es objeto de mucha discusión, las AMPs son consideradas actualmente como herramientas importantes para la conservación de la biodiversidad por muchos marcos internacionales (Convención de Barcelona, 1976; Convención de Berna, 1979; ASCOBANS, 1991; Convención de OSPAR, 1992; ACCOBAMS, 1996; Directiva Hábitat de la Unión Europea, 1992; etc.). Las áreas marinas protegidas o reservas marinas ofrecen una solución a algunos retos de la gestión del medio marino. Por una parte permiten focalizar determinados esfuerzos o acciones de gestión a nivel geográfico de una forma más tangible para el público. De esta forma estas reservas marinas permiten organizar las actividades humanas desarrolladas en una zona de alto valor zonificándolas de tal forma que permitan a la vez preservar los atributos de la zona y utilizarlos de escaparate de divulgación y educación. Para la conservación de determinados hábitats costeros o enclaves críticos para la alimentación, reproducción o migración de determinadas especies marinas estas áreas marinas protegidas pueden sin lugar a dudas ofrecer la respuesta idónea. Su éxito como mecanismo de gestión y conservación radicará sin embargo en su adecuada designación, basada en estudios científicos de los requerimientos de los hábitats y especies a proteger y sobretodo en la implicación de los colectivos que tienen intereses socioeconómicos en la región. Es solo cuando se cumplen estos requisitos y sobretodo cuando la gestión del área marina protegida sea fruto de un consenso en el que todas las partes se ven beneficiadas que se puede hablar de viabilidad y utilidad. Quizás lo que más detractores de áreas marinas protegidas ha suscitado en las últimas décadas haya sido el afloramiento de reservas sin fundamento, reservas con deslumbrantes fachadas pero sin siquiera un mínimo plan de gestión en su base. Reservas creadas más para su inauguración por parte de la clase política ante las cámaras de los medios de comunicación en sonados y solemnes actos, que para la puesta en marcha de una política de gestión. En la selección de AMPs candidatas en el mar de Alborán, Alnitak ha en gran parte el proceso sugerido por Salm et al. (2000), ya que no se ha especificado ningún proceso de selección formal para dichas áreas. Según esos autores, el paso inicial es definir los objetivos de conservación para el AMP. Una vez que se hayan convenido éstos, el proceso de selección debe incluir cuatro pasos: (1) recolección de datos (incluyendo investigación bibliográfica y recolección de nuevos datos con respecto a la especie objetivo, las actividades humanas y las amenazas); (2) análisis de los datos (determinar las áreas con concentraciones de la especie objetivo, actividades humanas y amenazas para la especie); (3) síntesis de los datos (crear mapas para ayudar a establecer las prioridades de protección y a entender mejor las relaciones espaciales entre la especie objetivo, los procesos ecológicos y las actividades humanas); y (4) aplicación de los criterios de selección (asegurar objetividad en la elección de los sitios, de acuerdo con los objetivos y el marco jurídico en los cuales se basan). En resumen, la creación de AMPs puede representar un paso en el proceso de conservación, y puede responder al propósito de implicar a las administraciones y al público - sin lo cuál la probabilidad de éxito sería pequeña. Sin embargo, sin la apropiada puesta en práctica de planes de gestión, las AMPs representarían solamente papel mojado proporcionando una falsa impresión de éxito de conservación. Como regla general, la designación de AMPs no se debe considerar una alternativa a la gestión y conservación inteligentes del medio ambiente de los mares en su totalidad. El que un AMP en particular sea eficaz dependerá de los objetivos iniciales, su diseño (especialmente sus límites) y su aplicación. Los pasos críticos son fijar objetivos de conservación claramente cuantificados, desarrollar un sólido plan de gestión a largo plazo para alcanzar estos objetivos, y establecer un programa de monitorización eficaz para determinar si se están alcanzando los objetivos de conservación. |
|||||||
![]() Áreas Marinas Protegidas propuestas en el mar de Alborán por Alnitak |
|||||||
| Arriba
|
|||||||
LIC "Medio Marino de Murcia" |
|||||||
|
El LIC Medio Marino (LIC MM) de la Región de Murcia fue propuesto por ALNITAK y la Sociedad Española de Cetáceos en el año 2000 y directamente incluido en la propuesta española para la Red Natura 2000 bajo el nombre de “LIC Medio Marino de Murcia ES6200048”. Este LIC presenta una plataforma continental irregular y de escasa amplitud, variando su anchura entre 2.5 km en Cabo Tiñoso y 11 km en las proximidades de Cabo de Palos. La pendiente media es entre 0.18 y 0.19 % hasta Cabo Tiñoso, suavizándose a medida que se avanza hacia Punta Parda. El talud continental, que comienza entre los 100 y 200 m de profundidad, constituye uno de los accidentos geológicos mas relevantes en el Mar de Alborán, el denominado “Escarpe de Mazarrón”. En este tramo se encuentran seis cabeceras de cañones submarinos: Punta de Calnegre, Cabo Falcó, Cabo Tiñoso y las tres restantes entre Peña Manceba y Punta Espada. En territorio el LIC MM se extiende hasta las 12 millas que marcan las aguas exteriores, e incluye hábitats marinos del Anexo I de la Directiva Hábitats (1120*, 1170 y 1110) además de las especies del Anexo II Tursiops truncatus y Caretta caretta. Hábitat idóneo para alimentación tanto de delfines mulares como de tortugas bobas. El área resulta también de gran interés para la alimentación y reproducción de otras especies de mamíferos marinos y aves marinas como la pardela cenicienta (Calonectris diomedea) y paiño común europeo (Hydrobates pelagicus). Existen diversas comunidades bentónicas de la zona infralitoral en estado de conservación excelente, como las praderas de Posidonia, la comunidad de algas fotófilas infralitorales de modo calmo, la comunidad de precoralígeno o de algas esciófilas en modo calmo, etc, lo que permite una biocenosis de elevada diversidad y en óptimo estado de conservación en numerosos puntos del LIC. Por debajo de 35-38 m de profundidad, la comunidad característica son los fondos de maërl. Estructura organógena donde los organismos estructurantes son algas calcáreas o coralinaceas (Phymatolithon calcareum o Lithotammion coralloides) que sirven de hábitat a especies animales, en su mayoría, suspensívoras sésiles. Presentan una alta diversidad y abundancia de organismos asociados y constituyen una importante zona de cría para especies de moluscos y crustáceos de alto valor económico. El Escarpe de Mazarrón se sitúa en el Golfo de Vera, limite NE del Mar de Alborán. El Golfo de Vera, comprendido entre el Cabo de Gata y el Cabo de Palos tiene todavía, aunque en menor grado, una influencia atlántica que se traduce en un flujo ciclónico inducido por la fuerza de Coriolis de agua menos densa y salina que va del Cabo de Gata a Palos, donde nos encontramos con una masa de agua particularmente salina y cálida alimentada por el Mar Menor y una masa de agua Mediterránea en el interior del golfo de Vera pegada a la costa, más salada que el agua atlántica modificada al encontrarse fuera del alcance directo del agua atlántica entrante. Se puede ver más información sobre el LIC de Murcia en "Protect Planet Ocean". |
|||||||
|
|||||||
| Arriba
|
|||||||
Propuesta de LIC del Estrecho de Gibraltar |
|||||||
|
El LIC marino Frente litoral del Estrecho de Gibraltar LIC ES6120012, es un espacio que se corresponde íntegramente con la parte marina del Parque Natural del Estrecho, declarado como tal por Decreto 57/2003, de 4 de marzo, de declaración del Parque Natural del Estrecho. Esta parque fue declarado tras la aprobación del Plan de Ordenación de Recursos Naturales por Decreto 308/2002, de 23 de diciembre, de aprobación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Frente Litoral Algeciras-Tarifa (BOJA 18/2003 de 28 de enero). Aunque los objetivos fundamentales de la declaración del LIC ES6120012 Frente litoral del Estrecho de Gibraltar como LIC no fueron la conservación del delfín mular (Tursiops truncatus) ni la tortuga boba (Caretta caretta) si se incluyeron estas especies, aunque no en un primer momento. Fue por ello que en el marco del Proyecto LIFE se envió a la Junta de Andalucía (a la Dirección de Planificación en ese momento) una propuesta para la ampliación según los resultados del “Proyecto Mediterráneo” para proteger también los hábitat críticos para el delfín mular y la tortuga boba. Desafortunadamente, aunque si se han incluido ambas especies en la ficha del LIC, no se ha tenido en cuenta la ampliación propuesta por el Proyecto Mediterráneo. La superficie del LIC que se corresponde con la superficie marina del Parque Natural es de 9.247 hectáreas que se extienden una milla hacia el mar desde Cabo de Gracia (límite occidental) a la punta de San Garcia (extremo oriental). Casi 54 kilómetros de costa. Hay que tener en cuenta que a la altura del puerto de Tarifa y de Gibraltar se produce un estratégico salto en el homogéneo del espacio marino protegido que divide al LIC y al Parque en su parte marina en dos secciones quedando ese ámbito fuera de las figuras de protección. Como mencionamos, el LIC y la zona marina del Parque Natural tiene una milla de anchura, con fondos de hasta 50 metros de profundidad en el sector oriental y entre quince y treinta metros en el sector occidental, si bien en la punta de Tarifa alcanza los doscientos metros. Se puede afirmar por tanto que este LIC es tal y como esta, tan válido para la conservación del delfín mular como para el oso pardo. La importancia del Estrecho de Gibraltar para los cetáceos y tortugas marinas radica principalmente en su función como corredor y vía migratoria para las poblaciones atlánticas y mediterráneas de las distintas especies consideradas en el proyecto, ya que es el único paso posible entre el océano Atlántico y el mar Mediterráneo. La intensa presión humana en el área, tanto a causa de actividades pesqueras, cómo de tráfico marítimo, o presión turística, supone un riesgo en la función cómo vía de paso del Estrecho. En las aguas del Estrecho es también especialmente importante el hábitat de alimentación creado por la peculiar geología y oceanografía, resultando en la presencia de siete especies de cetáceos, que se observan de forma regular, como son el delfín listado (Stenella coeruleoalba), el delfín mular (Tursiops truncatus), el delfín común (Delphinus delphis), el calderón común (Globicephala melas), el rorcual común (Balaenoptera physalus), el cachalote (Physeter macrocephalus) y la orca (Orcinus orca), y algunas especies de cetáceos observados ocasionalmente como es la marsopa común (Phocoena phocoena). Así mismo, es muy común observar tortugas bobas (Caretta caretta) y de forma ocasional tortugas laudes (Dermochelys coriacea). Las poblaciones residentes de forma permanente en el Estrecho han sido estudiadas con gran intensidad a lo largo de los últimos años por CIRCE, grupo de investigación de cetáceos miembro de la SEC y el Cetacean Alliance. |
|||||||
|
|||||||
| Arriba
|
|||||||
Propuesta de LIC de la Isla de Alborán |
|||||||
|
En el marco de los programas de monitorización de cetáceos, aves y tortugas marinas desarrollados desde 1992, se realizó entre 1999 y 2002 el estudio de la “zona sur” del “Proyecto Mediterráneo” para la identificación de áreas de especial interés para la conservación de los cetáceos en el Mediterráneo español. Éste proyecto iba a permitir a Alnitak mostrar la especial relevancia del mar de Alborán para cetáceos, tortugas y aves marinas. La isla de Alboran es la parte visible del principal accidente geológico de la cuenca de Alboran, una dorsal que la atraviesa de SW a NE. Alborán es una isla de origen volcánico rodeada por un relieve accidentado, con afloramientos rocosos submarinos que alternan con fondos detrítico-costeros. La zona cuenta con una elevada producción primaria debido a los afloramientos que se producen al confluir dos masas de agua de distintas características, una de ellas de origen atlántico, más fría con baja densidad y temperatura, y otra de origen mediterráneo de mayor densidad y temperatura. Este fenómeno genera una gran diversidad biológica. En los fondos marinos de la Isla de Alborán están presentes 22 especies objeto de protección (Reserva Marina, Lugar de Interés Comunitario), entre ellas la lapa gigante (Patella ferruginea), dos especies de caballitos de mar (Hippocampus ramulosus e Hippocampus hippocampus). En los fondos que rodean la isla se encuentran además otras 23 especies cuya explotación debe ser regulada, cómo el coral rojo (Corallium rubrum), varias especies de elasmobranquios, y crustáceos cómo la langosta (Palinurus elephas) y el bogavante (Homarus gammarus). Para las aves marinas y en especial la gaviota de adouin (Larus adouinii) y el delfín mular (Tursiops truncatus) la isla y sus fondos ofrecen un importante hábitat de alimentación. Pero en realidad es todo el entorno submarino de la Isla de Alborán que constituye una pieza clave para la conservación de los cetáceos y tortugas marinas. El entramado de escarpes, cañones, montes submarinos y llanuras abisales junto con la extraordinaria hidrología de mezclas de Atlántico y Mediterráneo dan lugar a importantes agregaciones de alimento para 8 especies de cetáceos, entre los cuales algunos especialmente vulnerables, como el delfín común, el zifio o el cachalote. Gran parte de la información disponible sobre las poblaciones de estas especies proviene de las patrulleras de la Reservas Marinas del Estado, que colabora de forma activa con Alnitak desde el inicio del proyecto LIFE02NAT/E/8610. En la actualidad, la isla juega un papel de especial relevancia en el marco del proyecto LIFE+ INDEMARES coordinado por la Fundación Biodiversidad. En este nuevo proyecto, Alnitak se basa en la reserva marina de la isla de Alborán como laboratorio para el desarrollo de planes de gestión adaptativa para la pesca, el transporte, el turismo y el uso de sonar. Se puede ver más información sobre el LIC de la Isla de Alborán en "Protect Planet Ocean". |
|||||||
|
|||||||
| Arriba
|
|||||||
Propuesta de LIC del sur de Almería |
|||||||
| En construcción |
|||||||
|
|||||||
| Arriba
|
|||||||
Propuesta de Área Oceánica |
|||||||
|
Se realizó una propuesta de protección, al Ministerio de Medio Ambiente, para la denominada ‘Área Oceánica’ en el marco del ‘Proyecto Mediterráneo’ (ver Figura 1 abajo). Hay que considerar el carácter innovador de ésta propuesta, al tratarse de un área marina oceánica, alejada de la costa. En general, las áreas oceánicas de importancia para los cetáceos han recibido poca atención en términos de conservación, aunque existen algunos precedentes en el Atlántico Noroeste (el Stellwagen Bank, frente a las costas de Massachussets, y el Cañón del Gully, en Nueva Escocia) y el Santuario de Cetáceos ‘Pelagos’ del mar de Liguria en el Mediterráneo. La problemática de designar para su protección determinadas zonas externas a las aguas territoriales y el hecho de ser áreas exclusivamente oceánicas, sumado al escaso conocimiento que ha habido sobre las mismas ha impedido hasta ahora que se hayan declarado zonas protegidas con estas características. Sin embargo la Estrategia nacional de biodiversidad y desarrollo sostenible ya dispone la importancia de crear categorías de protección estrictamente marinas y se vislumbra la importancia de las áreas marinas que no tienen porque estar indefectiblemente ligadas a costa ya que esto dependerá del objeto de protección que se requiera. Es pues éste un problema que se ha de resolver y que no ha de impedir el proponer una zona marina a proteger con estas características si la importancia del sitio así lo demanda. Se encuentra en la zona de aguas profundas al sur de la bahía de Almería una gran diversidad de especies y los modelos muestran claramente su especial relevancia para la conservación de algunas de éstas que se concentran en los entornos de la isóbata de los mil metros. Así, es ésta una zona de gran interés para las ballenas picudas, para el calderón gris, el calderón negro, el cachalote y el delfín listado, además de contar con la presencia también de delfín mular (que escapa a las propuestas de LIC) y delfín común. Cabe resaltar sobretodo la importancia de estas aguas para algunos miembros de la familia de los Ziphiidae. Aunque estas especies no estén incluida en los anexos de la Directiva Hábitats o en el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas, principalmente por falta de datos científicos, resulta importante resaltar la relevancia de esta zona con el fin de proponer medidas de gestión con respecto a la utilización de sonares y explosiones submarinas tanto de uso militar como científico. Esto es especialmente importante para las ballenas picudas, las cuáles son vulnerables a ciertas actividades militares. Estas especies tienen la distribución más restringida en el área de estudio, y en general su distribución se reduce principalmente al área oceánica del sur de Almería. Se estima que el principio de precaución debería prevalecer en estos momentos con el fin de evitar fenómenos de mortandad masiva de estas especies, por lo que se inició la creación de una vía de comunicación con el Ministerio de Defensa con el fin de poner a disposición de la Armada española, la OTAN y la Dirección General de Marina Mercante los datos científicos necesarios para evitar o reducir el impacto de actividades que puedan generar fuentes de contaminación acústica potencialmente peligrosas. Esta área, por otro lado, constituye un nexo de unión entre los LIC propuestos del sur de Almería y la Isla de Alborán, constituyendo así también un corredor para los desplazamientos de delfines mulares entre ambas áreas. |
|||||||
![]() Área oceánica de protección de cetáceos oceánicos, en especial el zifio de Cuvier, propuesta por Álnitak. |
|||||||
| Arriba
|
|||||||
Propuesta de ZEPIM del mar de Alborán |
|||||||
|
|
|||||||
| Arriba
|
|||||||
|
|
|||||||